La tómbola judicial
Fernando Barros Tocornal Abogado Consejero de SOFOFA
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Fernando Barros
La Corte Suprema desaforó al senador Iván Moreira en un ajustado fallo de 9 votos contra 8, que puso nuevamente en entredicho el funcionamiento de nuestro sistema judicial en casos cercanos al mundo político.
Surge la duda de si estamos frente a una justicia imparcial o si quienes son puestos en sus manos caen en una suerte de tómbola y su destino depende más de visiones políticas o de cuántos ministros fueron enviados en comisión de servicio para el día de la vista de su causa. Así, uno puede preguntarse ¿qué habría ocurrido si la integración del máximo tribunal hubiere sido completa? Dado que la ministra Chevesich, a diferencia del ministro Juica, sí declaró oportunamente su inhabilidad, el pleno debió ser integrado por 20 magistrados, por lo que la suerte del senador Moreira y la composición de un poder del Estado hubiere quedado en manos de los ministros Valdés, Sandoval y Cerda.
Respecto del ministro Valdés estimamos que habría estado por rechazar el desafuero, ya que fallando en otro caso compartió lo sentenciado por el ministro Llanos de la Corte de Santiago, quien argumentó que la facilitación de boletas “se hizo con la finalidad de financiar su campaña electoral al Senado, y no con el objeto de posibilitar los delitos tributarios antes indicados; sin perjuicio de la responsabilidad penal del contribuyente, que efectivamente utilizó dichas boletas con el referido objeto”.
Para el ministro Cerda podemos anticipar su apoyo al desafuero del Senador de la UDI, por lo cual el voto decisivo sería el de la ministra Sandoval, quien votando a favor del Senador habría impedido su desafuero, en tanto que si lo hubiera hecho en contra, éste tampoco debería haberse producido, ya que por respeto a la imparcialidad del juzgador, el ministro Juica debió haberse inhabilitado. Esto, en razón de haber anticipado juicios por los medios sobre hechos que tendría que fallar: “La consecuencia es el fraude tributario, pero el efecto que provoca es un financiamiento absolutamente irregular. No parece correcto que todo esto ocurra en una sociedad democrática. No puede haber personas que utilizando esos sistemas de financiamiento absolutamente reñidos con la moral estén sentados en el Congreso Nacional o estén ejerciendo un cargo público” (14 de mayo de 2017).
Ahora bien, la discusión que nos debe convocar es dilucidar si un fallo de 9 votos contra 8 puede resultar suficiente para desaforar a un senador de la República, ya que el efecto del mismo es alterar la voluntad soberana, al suspenderlo de sus atribuciones y funciones constitucionales, máxime si se considera que el estándar para desaforar es muy inferior al exigido para acusar, y ambos al necesario para condenar.
La liviandad en la materia queda en evidencia cuando comparamos la suerte del senador Moreira con lo que el artículo 80 de la Constitución exige para actuaciones administrativas: “La Corte Suprema, en pleno especialmente convocado al efecto y por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio, podrá autorizar u ordenar, fundadamente, el traslado de los jueces y demás funcionarios y empleados del Poder Judicial a otro cargo de igual categoría”. Resulta razonable preguntarse si más allá de lo que diga la regulación especial, el desafuero parlamentario no debiera verse con integración completa, ya que si la mayoría absoluta se exige para ordenar el traslado de jueces y demás empleados del poder judicial, con mucho mayor razón, y por un tema de transparencia y confianza en la democracia, debiera emplearse en el caso que nos convoca.
Uno de los aspectos más lamentables es la pérdida de credibilidad que resulta del doble estándar para juzgar, ya que mientras en unos casos lo senadores son rápidamente sobreseídos, en otros como el del senador Moreira, se resuelve lo contrario ante hechos idénticos. Lamentablemente esto causa cada día menos sorpresa, en un mundo donde los juicios de quienes debieran ser ejemplo de prudencia e independencia, se anticipan en entrevistas y las conclusiones se manifiestan por Twitter.
La urgente modernización del Estado debe incluir un radical cambio en los procesos de selección, capacitación y evaluación de los jueces, fiscales y demás integrantes del sistema judicial chileno.